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¿Por qué el Trife revocó la impugnación PRI vs victoria de Cabada?

El Trife revocó ayer la impugnación que desechó el Tribunal Estatal Electoral del PRI contra los resultados de la elección a alcalde de Juárez; a continuación las razones.

Por: Carlos Díaz Gutiérrez 27 Julio 2016 16:32

El Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua rechazó la impugnación del PRI por extratemporánea, pero al respecto, el Trife de la Sala Regional de Guadalajara consideró:

-De acuerdo al PRI de Chihuahua, el tribunal responsable indebidamente tomó en cuenta el diez de junio de este año como punto de partida para promover el juicio de inconformidad pero debió tomar en cuenta el once del mismo mes, ya que fue este último día el momento en que levantaron las actas de recuento de diversas casillas. Asimismo no valoró “objetiva y razonadamente los indicios en el expediente” que debió contar a partir del día once, según la impugnación.

-En el acta de la Asamblea Municipal Electoral de Juárez al recibir los cómputos municipales de gobernador, diputados, ayuntamiento y síndico, hicieron recuenta de casillas en tres grupos sin precisar el nombre de los integrantes ni las incidencias que ocurrieron en el recuento. Tampoco asienta fechas exactas ni horas de inicio y conclusión del cómputo de ayuntamiento. No asienta el acta de la Asamble el número de actas de escrutinio que entregaron a representantes de partidos y del independiente el 10 de junio.

-A las 6 pm del 10 de junio obtuvieron los resultados. Los resultados los recibió el representante del PRI josé Olague hasta las 10 de la noche del mismo 10 de junio, según denunció el partido.

-Reconoció la Asamblea que les dieron tarde las actas de escrutinio por falta de firmas de consejeros electorales y representantes de partidos.

-El Tribunal Electoral de la Federación advierte que los tiempos que manejó el órgano local pueden generar en los actores error para preciar el plazo para promover el juicio de inconformidad. “El Tribunal responsable no tomó en cuenta que en el caso concreto, operaban en favor de la parte actora, circunstancias particulares que impedían tener la certeza de que la promoción del juicio de inconformidad fue inoportuna”, promueve la impugnación del PRI con el Tribunal Federal.

El Trife por su parte dictó:

*Reenviar al tribunal responsable el juicio de inconformidad local para que de no actualizarse otra causal de improcedencia, admita el juicio de inconformidad que promueve por el Partido Revolucionario Institucional.

*Que el TEE de Chihuahua admita la impugnación y resuelva el fondo del mismo.


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