El tiempo por Tutiempo.net
El tiempo por Tutiempo.net

Oficial: Estos son los precios por trasvase de aguas nacionales 2024

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) del Gobierno de México publicó las cuotas por el trasvase de aguas nacionales vigente para 2024, con las tablas para gobiernos, productores, hidroeléctricas, acuacultura y más.

Por: Redacción 29 Febrero 2024 10:08

Hacienda emitió las tablas con las cuotas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicado este 29 de febrero.

  • Las cuotas del 2024 en general suben en comparación con las aplicadas desde febrero del año 2023, sin embargo bajan en comparación con lo propuesto en la reforma a la Ley de Derechos aprobada por diputados en noviembre del 2023.

En total son seis tablas con distintas cuotas por extracción de aguas superficiales, como las presas o ríos. La diferencia entre cada una es la clase de beneficiario, ya sea una persona, empresa o autoridad.

Las cuotas.

Tabla 1: Apartado A del artículo 223 de la Ley Federal de Derechos: Se refiere a “las empresas públicas y privadas que tengan asignación o concesión para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales” con sus respectivos permisos “para consumo humano”.

Imagen

Tabla 2: Apartado B, fracción I del mismo artículo 223: Gobiernos e instituciones de los Estados o Municipios; también concesionados a empresas que prestan servicio de agua potable y alcantarillado; y colonias que prestan suministro de agua potable de uso doméstico con concesión como empresas morales.

Imagen

Tabla 3: Apartado B, fracción II del mismo artículo: “Generación hidroeléctrica y generación geotérmica”.

Imagen

Tabla 4: Apartado B, fracción III: “Acuacultura”.

Imagen

Tabla 5: Apartado B, fracción IV: “Balnearios y centros recreativos”.

Imagen

Tabla 6: Apartado C: “Por las aguas provenientes de fuentes superficiales o extraídas del subsuelo, destinadas a uso agropecuario…”.

Imagen

Describe Hacienda que “la cuota que resulte de las tablas anteriores, se aplicará por cada metro cúbico o mil metros cúbicos de agua que durante el trimestre trasvase directamente el contribuyente, así como por cada metro cúbico o mil metros cúbicos de los que se haya beneficiado el contribuyente derivado del trasvase indirecto, según corresponda”.

 


Las Más Leídas