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ISN y el estímulo de reducción de pago mensual para 2025

* Estímulo según número de empleados

* Requisitos para el estímulo

* Opinión de cumplimiento de Hacienda

* Empresarios, tienen hasta el 31 de enero

Por: Redacción 11 Enero 2025 08:13

El impuesto sobre nómina y el estímulo de reducción de pago mensual de la ley de ingresos para 2025.

Por Leopoldo Manjarrez Alvídrez.

El pasado 28 de diciembre de 2024 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, el anexo que contiene la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal 2025.

En dicho ordenamiento, se encuentran incluidos diversos conceptos y cantidades que estima percibir la recaudación estatal por concepto de impuestos para este ejercicio 2025, entre ellos el denominado Impuesto sobre Nóminas y Asimilables (ISN).

Cabe señalar que dicho impuesto por si solo representa cerca del 73% de los ingresos por concepto de impuestos que piensa percibir el Estado; derivado de ello es su importancia; dicho porcentaje no considera las contribuciones extraordinarias y tasas adicionales derivadas de dicha contribución, como son las que corresponden a la sobre tasa del 10% sobre el ISN, la correspondiente a expo-chihuahua y la constituida sobre el 5% adicional del ISN para el fideicomiso de la seguridad y competitividad ciudadana (FICOSEC).

En suma, los impuestos y contribuciones extraordinarias referidas representan casi el 83% de los conceptos de los impuestos en vigor para el ejercicio fiscal de 2025, como se muestra en la Tabla 1 que se muestra a continuación.

Tabla 1. Porcentaje del ISN respecto los impuestos 2025.

Impuesto

Importe Moneda Nacional

% Porcentaje

Impuesto sobre Nóminas y Asimilables (ISN)

$8,115,723,831

72.54%

Contribución Extraordinaria 10% sobre ISN

$725,269,527

 

Contribución Extraordinaria 5% sobre ISN

$362,634,763

 

Contribución Extraordinaria Fideicomiso Expo Chihuahua

$49,153,022

 

Suma:

$9,252,781,143

82.70%

Impuestos 2025

$11,188,208,572

 

Fuente: Elaboración propia, considerando la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para 2025.

De manera muy acertada como fue la percepción de las autoridades estatales, frente a los ajustes de incremento del 12% de los salarios mínimos para este 2025 y atendiendo las inquietudes y expresiones de los empleadores y empresarios derivadas de las presiones por los ajustes a dichos conceptos anunciados desde el 04 de diciembre de 2024, el gobierno estatal asertivamente no materializó un incremento a la tasa correspondiente para la determinación del ISN para este 2025, permaneciendo la tasa del 3% contenida en la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua, por lo que no se incrementó dicho impuesto.

Por otro lado, queremos dar a conocer al lector, que nuevamente fue incluido en la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2025, el estímulo fiscal para los contribuyentes del ISN, que dependiendo del número de empleados permite obtener una reducción en el pago mensual del impuesto causado de conformidad con el número de trabajadores como se señala en la Tabla 2:

Tabla 2: Estímulo Fiscal Mensual ISN

Número de Empleados en el Mes

Estímulo Fiscal Mensual

De 1 a 10 empleados

20%

De 11 a 30 empleados

10%

De 31 a 50 empleados

5%

Fuente: Elaboración propia, considerando la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para 2025.

Cabe señalar que el estímulo no sufrió modificaciones respecto al ejercicio 2024, considerando los mismos porcentajes de reducción y los límites en cuanto al número de trabajadores.

Para poder acceder al estímulo de la reducción en comento, es necesario el cumplimiento de diversos requisitos, que como en años pasados han sido definidos a través de la Ley de Ingresos del Estado; siendo uno de los más importantes, la fecha límite de solicitud del mismo, que fenece el próximo 31 de enero de 2025, de ahí la importancia de compartir con ustedes un breve repaso a dicha solicitud. 

Cabe señalar que, para la presentación de la solicitud, la Ley de Ingresos señala que podrá efectuarse ante la oficina recaudadora del ISN y/o a través del portal electrónico de los medios electrónicos que para tal efecto se autoricen.

Los requisitos y formalidades que se acompañan a la solicitud del estímulo de reducción del ISN son los que se señalan a continuación en la tabla 3, los cuales para su presentación presencial solicita tener a la mano en original y copia la siguiente documentación e información:

Tabla 3: Requisitos para el estímulo del ISN.

1

Escrito de solicitud de aplicación del estímulo que contenga lo siguiente

 

Nombre, denominación o razón social del promovente.

Domicilio Fiscal en:

Registro Estatal de Contribuyentes

Registro Federal de Contribuyentes

Clave Única de Registro de Población (CURP)

En caso de aplicación

Domicilio para oír y recibir notificaciones

Nombre de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

2

Cédula de determinación de cuotas del IMSS (Aportaciones de Seguridad Social)

 

Período

Emisión mensual y bimensual de diciembre 2024 y su comprobante de pago (institución bancaria).

3

Constancia de Situación Fiscal (CSF) del Servicio de Administración Tributaria (SAT)

4

Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales

 

Estatal

Emitida por la Secretaría de Hacienda del Estado

Federal

Emitida por el SAT

5

Identificación oficial con fotografía del contribuyente o representante legal

6

Documentos que acrediten la personalidad cuando se actúe a nombre otro o de personas morales.

Fuente: Elaboración propia, considerando la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para 2025.

La obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales estatales por parte de la Secretaría de Hacienda del Estado, tiene un costo de $312.00 pesos (trescientos doce pesos 00/100 moneda nacional) por concepto de derechos e impuesto universitario, el cual puede ser cubierto a través de la página de gobierno del estado de Chihuahua.

Como cualquier promoción ante las autoridades fiscales, no se admite la gestión de negocios, por lo que, en caso de utilizar la figura de un representante legal, se deberá acreditar las facultades mediante escritura pública o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, o ante fedatario público. 

Para que el estímulo continúe siendo efectivo durante todos los meses del ejercicio fiscal de 2025, además de reunir los requisitos y haber presentado la solicitud a más tardar el 31 de enero de 2025, se deben realizar el entero de los impuestos en legal tiempo y forma y que los contribuyentes se encuentren al corriente del pago del ISN.

Estas dos medidas implementadas por las autoridades hacendarias locales, de no incrementar para el ejercicio 2025 las tasa del ISN y continuar otorgando el beneficio de reducción del pago del impuesto de manera mensual, alienta a continuar con el avance de las empresas hacia una estabilidad económica, al no imponer una carga financiera adicional a quienes generan empleos, sino que a su vez permite a los pequeños negocios el mantener y posiblemente promover un aumento en su personal y condiciones, lo que da pauta a constituir ambientes de sostenibilidad y desarrollo. 

Para el caso del pequeño y mediano empresario es importante no dejar escapar la oportunidad de presentar la solicitud del estímulo antes de la fecha de vencimiento, el próximo 31 de enero de 2025. 

Artículo elaborado por el C.P.C. Leopoldo Manjarrez Alvídrez, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C., representa su opinión.

 


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