Declararon constitucionalidad de reformas a GN y pueblos indígenas
El Congreso de la Unión hizo la declaratoria de aprobación a dos decretos que reforman la Constitución sobre la Guardia Nacional (GN) y de comunidades indígenas y afromexicanas.
Por: Redacción 30 Septiembre 2024 07:00
Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, dijo: "La Cámara de Senadores declara aprobado el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional".
Esto ocurre después de que los congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México, aprobaran ambas enmiendas.
En la Cámara de Diputados hizo las declaratorias en sólo 12 minutos por la ausencia de la oposición y con la única presencia de Morena y sus aliados, el PT y PVEM.
El diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, como presidente en turno de la Mesa Directiva, emitió dichas declaratorias al confirmar que ambas reformas fueron aprobadas por 26 congresos.
Los diputados enviaron el decreto al Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La reforma a la GN traspasa el mando de la corporación a la Secretaría de la Defensa Nacional, cuando actualmente está en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
El documento establece que la nación mexicana tiene una composición multiétnica; reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Así, establece una jurisdicción indígena que se ejercerá por las autoridades comunitarias de acuerdo con los sistemas normativos de los pueblos y comunidades indígenas, dentro del orden jurídico vigente, en los términos de la Constitución y las leyes aplicables.
Los pueblos y comunidades indígenas podrán participar en la construcción de modelos educativos, desarrollar y promover la "medicina tradicional", acompañamiento y la asesoría de personas intérpretes en todo momento, ejercicio de su derecho al desarrollo integral en sus formas de organización económica, social y cultural, con respeto a la integridad del medio ambiente y recursos naturales.