Conoce la diferencia entre oferta y promoción: Profeco
Con la llegada del Buen Fin 2024, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) hace un llamado a los consumidores para que conozcan sus derechos y las diferencias entre oferta y promoción, dos términos que comúnmente se utilizan en la publicidad de productos y servicios durante las rebajas comerciales.
Por: Redacción 05 Noviembre 2024 09:34
Según lo informado por la Profeco, una oferta se refiere a la venta de productos o servicios de la misma calidad pero a un precio rebajado o inferior al precio habitual del establecimiento. Es decir, cuando un establecimiento anuncia una "rebaja", "descuento" o "remate", está realizando una oferta en la que el precio del producto o servicio se encuentra por debajo de su costo regular.
Por otro lado, una promoción es una práctica comercial más compleja. Consiste en ofrecer bienes o servicios bajo condiciones especiales, que pueden incluir:
- Incentivos adicionales, como el ofrecimiento de un producto extra de manera gratuita o a un precio reducido.
- Un contenido adicional en la presentación habitual de un producto, también sin costo extra o con descuento.
- La participación en sorteos, concursos o eventos similares como parte de la oferta de productos o servicios.
Con la finalidad de garantizar que las ofertas y promociones sean claras y transparentes, Profeco ha lanzado su Operativo Buen Fin 2024, cuyo objetivo es asegurar el cumplimiento de las condiciones prometidas en estas campañas comerciales. Durante esta época de descuentos, Profeco supervisará que los comercios respeten las ofertas y promociones anunciadas, y si no lo hacen, el consumidor tiene derecho a exigir:
- El cumplimiento de la oferta o promoción como fue presentada.
- La aceptación de un producto o servicio equivalente en caso de que el original no esté disponible.
- La rescisión del contrato, o el pago de la diferencia económica entre el precio ofertado y el precio normal del producto o servicio.
- Además, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), el proveedor debe otorgar una compensación o bonificación al consumidor no menor al 20% de lo pagado, en caso de que no cumpla con lo prometido.