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Cómo lograr reducción del 100% de multas ante Infonavit

* Patrones, obligados aportar a Infonavit 5% de salarios

* Retener abonos al crédito

* Estar al corriente

* Multas de hasta el 55% del atraso

Por: Redacción 23 Noviembre 2024 07:33

Por: Flor Ileana Vargas Mata.

Así como todos los contribuyentes tenemos la obligación de pagar impuestos respecto de nuestros ingresos, los patrones adicionalmente tienen, dentro de otras, la obligación de inscribir a sus trabajadores ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y realizar aportaciones de manera bimestral por el monto correspondiente al 5% del salario de los mismos.

Lo anterior con la finalidad de que se abone dicha cantidad a la subcuenta de vivienda y los trabajadores tengan la posibilidad, con fecha posterior, de ejercer un crédito que les permita obtener una vivienda que se adecue a sus intereses, o en su caso, mejorar el monto de su futura pensión.

Ahora bien, cuando los trabajadores ya han ejercicio un crédito de vivienda ante el INFONAVIT, el patrón debe de retener del salario del trabajador las cantidades correspondientes a su mensualidad a través de las amortizaciones y así enterarlas al Instituto para que éste las abone al crédito del trabajador, con la finalidad de que se vaya pagando su crédito y disminuyendo la deuda.

Por lo anterior, al ser las cuotas del INFONAVIT cantidades que los trabajadores tienen derecho a recibir por estar sujetos a una relación laboral, es que se exhorta a los patrones que se encuentren al corriente de sus pagos para que no afecten a sus trabajadores en los beneficios que pueden llegar a obtener.

No obstante, el cumplimiento de las obligaciones fiscales para los patrones no siempre es fácil, ya sea por la excesiva carga tributaria que hay en México o una incorrecta planeación, por lo que en ocasiones se puede incurrir en un atraso en el cumplimiento que va a detonar adicionalmente el cobro de multas del 15% al 55% de la cantidad omitida, más actualizaciones y recargos.

Es por eso que, con la finalidad de que los patrones puedan regularizar su situación fiscal, el INFONAVIT tiene vigente durante el 2024 un programa denominado CUMPLAMOS JUNTOS con diferentes opciones de pago atendiendo a sus necesidades, respecto de todos aquellos adeudos que tengan por concepto de aportaciones, amortizaciones y accesorios, ofreciendo únicamente durante este 2024 la posibilidad de obtener una reducción de hasta el 100% de las multas determinadas.

Si eres un patrón que desea aprovechar este beneficio mientras se encuentra vigente, el trámite es relativamente sencillo, ya que se puede solicitar en línea a través del Portal Empresarial o puedes acercarte a la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde para verificar si eres candidato nuevamente a este beneficio, si se trata de un beneficio que ya se hubiera aprovechado con anterioridad.

Dentro de los requisitos solicitados por parte del INFONAVIT para obtener este beneficio se encuentran los siguientes:

  • Estar registrado en el Portal Empresarial del Infonavit;

  • Regularizar la totalidad del adeudo mostrado al momento de solicitar los beneficios;

  • Desistirse de cualquier medio de defensa interpuesto en contra de las acciones de cobro que el Infonavit haya efectuado para la recuperación de los importes, si fuese el caso;

  • Realizar el pago de la totalidad del adeudo en una sola exhibición; y

  • Continuar con los pagos de las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Los pasos a seguir para poder obtener este beneficio son los señalados a continuación:

  1. Ingresa al Portal Empresarial y en la sección Mis trámites selecciona la opción Cumplamos Juntos;

  2. Lee y acepta los Términos y condiciones; da clic en Continuar;

  3. Da clic en Aceptar adeudo y generar ficha de pago;

  4. Realiza tu pago el mismo día que hayas generado la ficha de pago. Existen viersas formas para pagar:

    • Ventanilla bancaria HSBC en efectivo o cheque (Se suele reflejar más rápido que en otros bancos);

    • Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) o como pago de servicio si tienes una cuenta en HSBC; y

    • Ventanilla bancaria o banca electrónica de Banco Azteca, BanCoopel, BANORTE, BBVA Bancomer, CitiBanamex y Santander, entre otros.

No obstante, si se presenta una dificultad o duda en el procedimiento, se puede acudir de igual manera a la Delegación para el apoyo correspondiente en el área de Recaudación Fiscal.

Si por otra parte, se presenta falta de liquidez para cubrir la totalidad del adeudo pero se desea regularizar la situación fiscal, se ofrecen diversas modalidades con reducción de multas hasta en un 80%.

Es importante señalar que el beneficio solo aplica a las multas que deriven del incumplimiento de la obligación de pago del 5% de la aportación, así como el entero de amortización. Cualquier otra multa distinta a esas o que deriven del ejercicio de facultades de comprobación no son sujetas de este beneficio.

Por lo anterior es que se invita a los patrones que tengan algún adeudo ante el Instituto, incluso aunque sea pequeño, que aprovechen los beneficios que se encuentran vigentes y regularicen su situación fiscal, ya que no se debe de perder de vista que las cuotas obrero patronales constituyen, en caso de no ser pagadas en tiempo y forma, créditos fiscales que podrán ser cobrados coactivamente, incluso a través de embargo de cuentas bancarias y de bienes.

Artículo elaborado por M.I. Flor Ileana Vargas Mata, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C.

 


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