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Crea Maru contralorías en Hacienda y descentralizados; fiscalizarán

La gobernadora Maru Campos emitió Acuerdo para crear Órganos Internos de Control (OIC) o contralorías en la Secretaría de Hacienda y los organismos descentralizados para fiscalizar y poner orden en el manejo de finanzas.

Por: Redacción 27 Septiembre 2021 12:25

La Gobernadora de Chihuahua expidió el Acuerdo 124/2021 que reforma diversos artículos del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, a fin de poner bajo control el uso de recursos.

En el artículo 5 del Reglamento sobre las direcciones y unidades que forman parte de Hacienda, agregó el Gobierno del Estado el inciso VI para crear el Órgano Interno de Control.

Además ese mismo apartado señala que los organismos descentralizados (Pensiones, Seech, universidades, Cobach, las juntas de agua, Coesvi y demás) también contarán cada uno con su propio OIC.

El titular de cada una de las controlarías lo designará el titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP), cargo que actualmente ocupa María de los Ángeles Álvarez.

Los contralores deberán aplicar las normas sobre la fiscalización, los informes de gastos y todo respecto a cómo se manejan los recursos en las instituciones del Estado.

También la reforma al reglamento por parte de la gobernadora Campos Galván señala que la Secretaría de Hacienda podrá “establecer medidas de disciplina y austeridad presupuestaria” para poder determinar adecuaciones al gasto ante situaciones que pongan en riesgo la estabilidad de las finanzas del Estado.

Cuando ordenen medidas de disciplina financiera deberán informar al respecto al Congreso del estado. La reforma al reglamento entró en vigor este fin de semana.

 

¿Qué hace el Órgano Interno de Control?

El propio Acuerdo lo explica en el Título Segundo al respecto, artículo 80:

Al frente del Órgano Interno de Control habrá una persona titular, que será designada (...) y dependerá jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la Función Pública, y quien en el ejercicio de sus facultades se auxiliará por las personas titulares de las áreas de auditoría e investigación y la de substanciación y resolución, quienes serán designadas en los mismos términos.

Los servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, ejercerán en el ámbito de sus respectivas competencias, las facultades previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, u ordenamiento legal en materia de responsabilidades administrativas aplicable, así como en el de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios o contratación de obra pública y servicios relacionados con la misma correspondientes, conforme a lo previsto por el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública que se encuentren organizados o que cuenten con un régimen especial derivado de su ley especial o decreto de creación.

Realizar la estimación del impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decretos que se presenten a la consideración del Congreso del Estado, así como de las disposiciones administrativas que emita la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado que impliquen costos para su implementación.

Ejercer las atribuciones relativas a infraestructura física educativa, en los términos que señale la ley de la materia

Las funciones que le asigne el Secretario y las demás que le competan, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Serán competentes para ejercer sus facultades en los organismos públicos descentralizados en los que la Secretaría funja como Coordinadora de Sector, y no cuenten con su propio Órgano Interno de Control, con base en las facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

Los servidores públicos de la Secretaría y sus organismos públicos descentralizados, están  obligados a proporcionar el auxilio necesario al Órgano Interno de Control para el desempeño de sus facultades. La Secretaría de Hacienda proporcionará a la persona titular del Órgano Interno de Control los recursos materiales que requiera para la atención de los asuntos a su cargo.




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