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Prioritario distinguir delitos de funcionarios: fiscal anticorrupción

La fiscal anticorrupción estatal, Gema Chávez, recomendó distinguir en reformas el código penal los delitos cometidos por funcionarios; explicó que no todos son corrupción pero siguen siendo delitos

Por: Antonio Huizar 16 Octubre 2019 11:50

En sesión de Comisiones Unidas Anticorrupción y Transparencia, la Fiscal Anticorrupción de Chihuahua, Gema Guadalupe Chávez Durán, estimó prioritario distinguir en las reformas el Código Penal del Estado los delitos de corrupción y los delitos meramente cometidos por servidores públicos.

Explicó que acutalmente se consideran todos los delitos cometidos por servidores públicos como corrupción, pero que la corrupción en sí es más exacta que una consideración tan general. Además, expuso que el Código Penal Federal delínea los delitos que son considerados como hechos de corrupción y no todos los cometidos por funcionarios son considerados como hechos de corrupción, aunque siguen calificando como delitos.

De manera específica, recomendó que las reformas al código penal dejen fuera de la tipificación de la corrupción el abandono y negación de servicio público; estimó que estos delitos siegan siendo considerados como delitos cometidos por servidores públicos, pero no corrupción.

Por ello, estimó prioritario establecer un capítulo en concreto definiendo la corrupción para aplicar una política que permita la discriminación de asuntos y establecer "un primer filtro" en materia anticorrupción. En otras palabras, reconocer que existe la corrupción "pequeña" y la de gran nivel; así como la corrupción cometida por servidores públicos y la corrupción cometida por personas físicas y morales.

Por otro lado, Chávez Durán explicó que la legislación federal considera como corrupción el ejercicio abusivo de funciones, pero no es así a nivel estatal, por lo que también consideró importante configurar este tipo de delito como corrupción. 

Detalló que tendría como objetivo homogeneizar el código estatal con el reglamento federal. No obstante, más allá de esta homgenización, sostuvo que es pertinente porque la reciente reforma al Artículo 19 del Código Penal Federal establece dos delitos donde pueda haber prisión preventiva; entre éstos, el ejercicio abusivo de funciones.

 


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