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Si tu bebé nace en un avión ¿qué nacionalidad tiene?

Hay dos principios en latín que explican qué nacionalidad tendría un bebé en caso de nacer en un avión o embarcación: ius sanguinis e ius soli, aunque varía la política por país.

Por: Redaccion 23 Abril 2017 15:58

Durante muchos años ha sido cuestión política y legal el determinar qué nacionalidad adquiere alguien nacido en puntos neutros, o por decir, en aviones y barcos de un país en zonas internacionales o en otros países.

Ius sanguinis significa “derecho de sangre” y dice que un niño recibe la nacionalidad de sus padres automáticamente.

En México, el Artículo 30 de la Constitución aplica ese principio: “II. Son mexicanos por nacimiento: Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional”.

El otro término es Ius soli, que quiere decir “derecho del suelo”, por lo que el bebé recibe la nacionalidad según el lugar donde nazca.

México también concede la nacionalidad bajo ese término, pues el mismo Artículo 30 dice que: “I. Son mexicanos por nacimiento: Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres”.

Este principio de Ius soli también existe en Estados Unidos.

La controversia mayor en este tipo es cuando un bebé nace sobre el océano, pues viene la pregunta “¿de qué país?” si no está en los límites marítimos de una nación.

Aquí aplica un principio que dice que el nacido adquiere la nacionalidad de la embarcación o avión, o bien, el país en el que está registrado.

Aquí resuelve la Constitución en favor de este principio internacional, pues el punto IV del Artículo 30 dice que son mexicanos: “Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes”.

La página especializada Geolunge expone que en los casos de avión puede el nacido la nacionalidad de un país según el caso:

-El bebé recibirá la nacionalidad de los padres y el punto de salida del avión

-El bebé recibirá la nacionalidad de los padres y el punto de llegada del avión

-El bebé solamente recibirá la nacionalidad de los padres

-El bebé recibirá la nacionalidad de los padres y de la aerolínea (aquí se tiene en cuenta el país en el que está registrada la aerolínea).

En algunos países existe el conflicto, aunque la Constitución Mexicana es “muy abierta” al dar nacionalidad en todos esos casos, además de que existe la posibilidad de naturalización por matrimonio o por carta en la Secretaría de Relaciones Exteriores.


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